jueves, 18 de febrero de 2021

SEGURO DE ACCIDENTES PARA CONVENIOS COLECTIVOS





 El Seguro de Accidentes para Convenios Colectivos sirve para proteger a los trabajadores de una empresa en caso de accidente, tanto laboral como no laboral.

Por lo tanto, si un empleado sufre un accidente, y tiene derecho a una indemnización según su convenio laboral, es la aseguradora la que indemniza al trabajador. En caso de fallecimiento, se indemniza a su beneficiario.

La mayor parte de los convenios, sobre todo los de actividades de riesgo, obligan la contratación de este seguro. Cada uno determina las garantías y capitales asegurados necesarios para la actividad. La sanción por no tenerlo en caso de inspección de trabajo oscila entre 18.030€ y 90.152€ 



¿Cómo funciona el Seguro para Convenios Colectivos? 

El tomador del seguro es la empresa, y los asegurados son sus empleados. Este seguro cubre a todos los trabajadores de la empresa que estén dados de alta en el RNT. La póliza se regulariza a su vencimiento, y en función del tiempo que haya estado cada trabajador en la empresa se abona el importe correspondiente. Es decir, si tienes más trabajadores que en el momento en el que contrataste la póliza abonas la diferencia, y si son menos, la compañía la extorna

  • Muerte por Enfermedad Profesional
  • Gran Invalidez Por Enfermedad Profesional
  • Invalidez Permanente Absoluta Por Enfermedad Profesional
  • Muerte por Accidente no Laboral
  • Muerte por Accidente Laboral
  • Invalidez Permanente Absoluta por Accidente Laboral
  • Invalidez permanente total por Accidente Laboral
  • Invalidez Permanente Total por Enfermedad Profesional
  • Gran Invalidez por Accidente Laboral
  • Muerte por Enfermedad Común

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